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El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. | Temas Online TemasyTEST

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Naturaleza y hecho imponible

­          Tributo directo que grava titularidad de vehículos aptos para circular por las vías públicas

­          Se considera apto todo el que figura inscrito mientras no cause baja

­          No están sujetos:

o         Vehículos antiguos aunque salgan en rallyes

o         Remolques y semirremolques con carga inferior a 750 Kg.

Exenciones

­          Ejército y policía

­          Vehículos consulares y embajadas

­          Según lo dispuesto en tratados internacionales

­          Minusválidos

­          Transporte urbano con más de 9 plazas

­          Tractores y asimilados con Cartilla de Inspección Agrícola

­          En los dos últimos casos (autobuses y tractores) se debe pedir la exención

Sujetos pasivos

Los titulares

Cuota

Conforme a un cuadro de tarifas donde se distingue

­          Turismos

­          Autobuses

­          Camiones

­          Tractores

­          Remolques y semirremolques

­          Ciclomotores

Potestad Ayuntamientos

­          Pueden incrementar las tarifas en un coeficiente máximo de 2

­          Puede aplicar también las siguientes bonificaciones

o         75% por combustible poco contaminante (A)

o         75% por motor (Sobre cuota – A) (B)

o         100% por coche con más de 25 años (Sobre cuota – A-B) (C)

Período impositivo y devengo

­          Período impositivo es el año natural menos primera adquisición

­          Se devenga el primer día del período

­          Se prorratea por trimestres naturales en caso de alta o baja


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