autor.: cejuanjo
Remitido el 29-05-08 a las 10:33:19 :: 1806 lecturas
Hoy nos apetece hablar del caso de Ana Obregón y su reacción ante cierto programa de la tele. Y lo hacemos recordando que el artículo 189.1 a) del Código Penal castiga al que “utilizare menores de edad o incapaces con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos” con pena de prisión de uno a tres años. Entre los supuestos que se contemplan en el mencionado precepto es claro aparece el uso de menores de edad con fines exhibicionistas, situación de cuya existencia hay indicios racionales en lo acontecido en cierto programa de televisión. Así en cierto espacio televisivo se anunció la disponibilidad de imágenes donde aparecía el hijo de Ana Obregón, niño de 13 años, enseñando el culo y es notorio, como dice la madre, que hasta la gente, mediante llamadas y mensajes, pagaba por ello. Sorprende al que esto escribe la frivolidad con que se han solventado estos comportamientos y la desfachatez con que se traslada sobre la madre el centro del reproche. Así en lugar de corregir lo que como mínimo debe ser tildado de disparate se traslada a las reacciones de quien al fin y al cabo es una madre el núcleo de la reprochabilidad. Así se la reputa nada menos que como presunta autora mediata de un intento de homicidio en grado de tentativa en base a una acalorada y comprensible conversación telefónica filtrada desde un sumario por proceso judicial recayente en otra persona. La profesionalidad del Juez ha solventado el disparate pero ello no empece la subsistencia de tan frívola imputación en el papel couché. De este modo, pese a la clarificación judicial, lo que consta en los medios no es la provocación a la comisión del delito de uso de un menor con fines exhibicionistas sino los rumores del empleo de sicarios para acallar la voz de quien a todos los efectos aparece como portavoz de la libertad de expresión (tal vez incluyendo entre la libertad de expresión el derecho a exhibir las imágenes del culo de un niño de trece años).
Como ya tuvimos ocasión de comentar en otro artículo de esta sección el problema es que no ha sido capaz de diferenciar lo que es la libertad de expresión de lo que es la conversión de un ser humano en un producto mediático. Se confunde el derecho a opinar libremente con el derecho a decir del prójimo lo que a uno le dé la gana para ganar dinero. Y eso es una indecencia contraria a la dignidad humana, base en la que se asienta el orden de convivencia establecido por nuestra Constitución.
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