[TEMA] Supuestos Derecho (I) - Determinación grados y otras reglas aplicación de las penas
autor.: cejuanjo
Remitido el 09-06-08 a las 10:21:30 :: 2480 lecturas
Abordamos hoy un artículo divulgativo que estamos seguros encontrarán de utilidad los interesados por el Derecho, los estudiantes de dicha Licenciatura y en general todos aquellos que nunca han acabado de comprender del todo las reglas que para el cálculo de las penas recoge el vigente Código Penal. Para facilitar la comprensión del asunto plantearemos de entrada el siguiente supuesto:
Pedro se apropia de un televisor de plasma en una tienda de electrodomésticos cuyo importe, que obviamente no satisface, es de 3.000 euros. Abstractamente considerada al hurto corresponde pena de prisión de seis a 18 meses si la cuantía de lo sustraído excede de 400 euros. La pena abstractamente considerada se refiere al autor del delito y por tanto a Antonio le pueden caer de seis a 18 meses de cárcel.
Hipótesis 1ª.- Antonio es descubierto por el personal de seguridad antes de salir del establecimiento
En este caso el “iter criminis” concluye en el grado de tentativa por lo que procede imponer la pena inferior en uno o dos grados en la extensión que se estime adecuada.
Cálculo de los grados
Conforme el art. 70.1.2º “la pena inferior en grado se formará partiendo de la cifra mínima señalada para el delito de que se trate y deduciendo de ésta la mitad de su cuantía, constituyendo el resultado de tal deducción su límite mínimo”. Conforme a lo dicho tendríamos:
a) Pena mínima, 6 meses
b) Pena inferior en 1 grado: 6 meses – ½ 6 meses = 3 meses
c) Pena inferior en 2 grados: 3 meses – ½ 3 meses = 1 mes y quince días
Por tanto la pena imponer iría de 3 meses a un mes y quince días (o incluso menos porque los Jueces no están limitados en la aplicación de las cuantías mínimas según art. 71 C.P.)
Hipótesis 2ª.- Antonio consuma el delito sin atenuantes ni agravantes
La pena de seis a 18 meses se puede imponer en toda su extensión de forma razonada
Hipótesis 3ª.- Antonio consuma el delito y concurre una atenuante
Así, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él confiesa el hurto cometido a las autoridades (art. 21.4ª C.P.). En este caso la pena se impone en su mitad inferior de forma que su extensión quedaría comprendida entre los seis y los doce meses.
Hipótesis 4ª.- Antonio consuma el delito y concurren dos o más atenuantes o una muy cualificada
Además de que antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él confiesa el hurto cometido a las autoridades (art. 21.4ª C.P.) Antonio procede a reparar el daño causado a la víctima devolviendo el televisor. Aquí otra vez se aplica la pena inferior en uno o dos grados. Como recordatorio copiamos y pegamos la tabla anterior:
a) Pena mínima, 6 meses
b) Pena inferior en 1 grado: 6 meses – ½ 6 meses = 3 meses
c) Pena inferior en 2 grados: 3 meses – ½ 3 meses = 1 mes y quince días
Hipótesis 5ª.- Antonio consuma el delito y concurren una (no necesariamente muy cualificada) o varias agravantes
Por ejemplo Antonio ejecuta el hecho con barba y peluca postizas (disfraz) y/o es reincidente. En este caso la pena se impone en su mitad superior de forma que su extensión quedaría comprendida entre los doce y los dieciocho meses.
Hipótesis 6ª.- Antonio consuma el delito y concurren atenuantes y agravantes por igual
Por ejemplo Antonio ejecuta el hecho con barba y peluca postizas (disfraz) pero antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él confiesa el hurto cometido a las autoridades. La pena de seis a 18 meses se puede imponer en toda su extensión de forma razonada
Supuesto de la existencia de un cómplice
Al cómplice del delito intentado (tentativa) o consumado se le impone la pena inferior en grado a la del autor. Esto significa que para determinar la pena a imponer al supuesto cómplice de Antonio tendríamos que acudir a cada una de las hipótesis planteadas anteriormente y reducir la pena en 1 grado.
Junto a lo dicho no hay que perder de vista que también para determinar esa pena concreta del cómplice deben considerarse las eximentes, atenuantes y agravantes concurrentes en el mismo.
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