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[T] Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: extremeña

Remitido el 13-10-14 a las 12:13:42 :: 5661 lecturas


Aquí le envío los supuestos prácticos del segundo examen para creación de una bolsa de Técnico de Gestión Administrativa de la Diputación de Badajoz, para aportar algo ya que esta página me ha sido de gran ayuda en la preparación, por lo que quería agradecer la labor que realiza y animarle a seguir con ello. Un saludo.


 


SUPUESTO Nº 1


El Ayuntamiento de Barcarrota publica el día 29 de junio de 2014 las calificaciones del segundo exámen y las calificaciones finales de un proceso de selección (oposición) de Administrativo y se incluye la propuesta de nombramiento de la Sra. Dª Mercedes González para cubrir la única plaza ofertada.


El Sr. Sánchez, que participó en la oposición, presenta el día 31 de julio en el Registro del Ayuntamiento un escrito dirigido al Presidente del Tribunal, formulando  recurso de reposición basado en que la calificación otorgada a su examen, en la segunda prueba, es errónea. Solicita la anulación  de dicho examen, de toda la oposición y, en consecuencia, de la propuesta de nombramiento.


La Sra. Juana Pérez, también participante en la oposición, había obtenido la misma puntuación final que la Sra. González, que obtuvo la plaza. El Tribunal decide resolver el empate otorgando la plaza a Dª Mercedes González, argumentando que el Ayuntamiento dispone en su plantilla únicamente de tres plazas de Administrativos y Dª Juana Pérez podría tener más ausencias a  su puesto de trabajo ya que, en razón a su edad, podría quedarse embarazada, con lo que se vería gravemente afectada la prestación de los servicios municipales.


1º.- ¿Es correcto el tipo de reclamación del Sr. Sánchez?


2º.-¿Se presenta en plazu su reclamación?


3º.-¿Es correcta la causa del recurso del Sr. Sánchez?


4º.-¿Puede Dª Juana Pérez impugnar el acto? Razone la respuesta.


 


SUPUESTO Nº 2


La Diputación de XXX ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia las Bases de la Convocatoria para conceder subvenciones para la realización de actividades deportivas durante el año 2014.


 


Doña AAA, vecina de Villar del Cerro, desea participar en la mencionada convocatoria. El último día del plazo establecido para la presentación de las solicitudes es el sábado 22 de febrero. El Registro General del Ayuntamiento de VIllar del Cerro no permanece abierto los sábados, por lo que ese día, Doña AAA, al ver que finalizaba el plazo, se desplazó a la localidad cercana de Morata para prseentar su solicitud en el Registro General de la mencionada localidad, que sí funicona los sábados de 10 a 14 horas, y así asegurarse que quedaba presentada en plazo.


Pasados 3 meses, la Diputación de XXX publica en el BOP la Resolución de la Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades deportivas durante 2014, firmada por el Diputado Delegado de Deportes, por delegación del Presidente de la Diputación. Doña AAA non aparece incluida en la mencionada Resolución, por lo que pretende impugnar la misma.


El Ayuntamiento de VIllar del Cerro detecta que el funcionario Don BBB con jornada a tiempo completo (Asesor Jurídico) se encuentra ejerciendo como abogado en un gabinete jurídico en el que desarrolla actividades de asesoramiento en materia urbanística en la localidad, ejerciendo esta actividad indistintamente en jornada de mañana y tarde, durante periodos habituales de 5 horas diarias de lunes a sábado. Dado que Don BBB ejerce dicha actividad sin haber solicitado previamente la autorización de compatibilidad, el Ayuntamiento resuelve promover la incoación de expediente disciplinario imputando al funcionario la comisión de una falta grave.


1º.-Exponga razonadamente si es correcta la presentación de la solicitud de Doña AAA en el Registro General del Ayuntamiento de Morata.


2º.-Exponga razonadamente qué acciones, ante quién y en qué plazos, puede iniciar Diña AAA para impugnar la resolución de la convocatoria publicada.


3º.-¿Constituye la conducta del funcionario Don BBB infracción de sus obligaciones y del ordenamiento jurídico?


4º.-¿Merece la conducta del funcionario Don BBB la calificación de falta grave? ¿Qué sanciones podrían ser impuestas?


 


 


   Respuestas 55


titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: cejuanjo

Remitido el 13-10-14 a las 01-00-03


Hombre, gracias por la aportación. Eres de las pocas que participan. Un saludo.

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: teresita

Remitido el 14-10-14 a las 10-10-16


Juanjo ¿podías poner las soluciones? Graicas

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: cejuanjo

Remitido el 14-10-14 a las 06-52-16


Por supuesto. Solución al primero:


1º.- ¿Es correcto el tipo de reclamación del Sr. Sánchez?


Puede interponer el recurso de reposición y puede interponer el recurso de alzada, entre otros medios de impugnación. Lo que mejor procede es el recurso de alzada ante el órgano que designó al Tribunal. Recurso dirigido al Alcalde. A estos efectos, los Tribunales y órganos de selección del personal al servicio de las Administraciones públicas y cualesquiera otros que, en el seno de éstas, actúen con autonomía funcional, se considerarán dependientes del órgano al que estén adscritos o, en su defecto, del que haya nombrado al presidente de los mismos.


2º.-¿Se presenta en plazo su reclamación?


La presenta fuera de plazo ya que se trata de una resolución expresa y el plazo es un mes. Los meses se cuentan de fecha a fecha por lo que el 31 de julio está fuera de plazo.


3º.-¿Es correcta la causa del recurso del Sr. Sánchez?


El art. 107 de la Ley 30/1992 dispone que contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de esta Ley. Por tanto la causa es correcta.


4º.-¿Puede Dª Juana Pérez impugnar el acto? Razone la respuesta.


Claro que lo puede impugnar. De la mano del fundamento legal expuesto en la contestación anterior se sigue la existencia de la causa y en cuanto a los motivos se ha de estar a la letra 1.a) del art. 62 donde se reputan nulos Los actos que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional. Así se percibe una lesión del art. 23.2 de nuestra Carta Magna en lo que se refiere a la igualdad en el acceso a los empleos y cargos públicos.

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: anaescudero

Remitido el 30-10-14 a las 06-14-54


Buenas!! podrías poner la respuesta del segundo supuesto?? muchisimas gracias por tu aportación me estoy preparando para la junta de extremadura para técnico y me va a venir muy bien, para ver como van los tiros :)

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: cejuanjo

Remitido el 31-10-14 a las 05-14-00


Este finde lo veo

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: cejuanjo

Remitido el 03-11-14 a las 06-59-29


Soluciones al segundo supuesto


1º.-Exponga razonadamente si es correcta la presentación de la solicitud de Doña AAA en el Registro General del Ayuntamiento de Morata.
El régimen jurídico en el que se asienta el asunto planteado en esta pregunta nos lo proporciona el art. 38 de la Ley 30/1992, precepto en cuya letra b)  se dispone:
b)  En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
 - La  Letra b) del número 4 del artículo 38 redactada por el número uno del artículo 27 del R.D.-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa («B.O.E.» 7 julio) y está vigente desde el 7 julio 2011 -.
El escrito se dirige a la Diputación y por tanto a estos efectos es irrelevante si se presenta en el Registro de Villar del Cerro o en el de Morata. Lo decisivo es si el segundo de estos municipios tiene suscrito el oportuno convenio con la Diputación suponiendo fundadamente que Morata no entra en el supuesto al que se refiere el art. 121 de la Ley de Régimen Local - municipio de gran población -.
Además habría que decir que el Ayuntamiento de Villar del Cerro incumple sus obligaciones puesto que el Registro debe funcionar SIEMPRE en días laborables.
2º.-Exponga razonadamente qué acciones, ante quién y en qué plazos, puede iniciar Diña AAA para impugnar la resolución de la convocatoria publicada.
En principio la ausencia del nombre de esta persona en la relación indicada puede deberse a dos causas: O a que no se ha recibido su solicitud en tiempo y forma quizá por los motivos derivados de los hechos - falta de convenio entre el municipio de Morata y la Diputación - o a que se rechaza su solicitud en aplicación de las bases de la convocatoria.
En orden a la primera de las causas ésta debe descartarse de plano desde el momento en que NO se indica que el Registro de Morata devolviera al actuante su solicitud argumentando su falta de competencia en el asunto. Por tanto la presunción de un funcionamiento conforme a derecho nos lleva a concluir que el escrito de esta persona si fue admitido debidamente y si fue remitido a la Diputación. Nos queda así la segunda causa.
En cuanto a la segunda causa doña AAA puede impugnar la resolución si hay alguna causa de nulidad del art. 62 o de anulabilidad que produzca indefensión (art. 63, ambos de la Ley 30/1992). A diferencia de lo que ocurre en el proceso judicial en el procedimiento administrativo no se admite la impugnación por gravamen o perjuicio - algo así como una segunda instancia administrativa -. Si como se dice no hay causas de nulidad o anulabilidad que produzcan indefensión NO hay nada que impugnar. Si las hubiere o se estima por la actuante que las hay puede interponer recurso de alzada ante el Pleno de la Diputación frente a la resolución adoptada por el Diputado Delegado de Deportes, por delegación del Presidente de la Diputación.
3º.-¿Constituye la conducta del funcionario Don BBB infracción de sus obligaciones y del ordenamiento jurídico?
Del relato de los hechos se sigue que este funcionario, el del Ayuntamiento de Villar del Cerro, se encuentra ejerciendo como abogado en un gabinete jurídico en el que desarrolla actividades de asesoramiento en materia urbanística en la localidad, ejerciendo esta actividad indistintamente en jornada de mañana y tarde, durante periodos habituales de 5 horas diarias de lunes a sábado.
Prima facie se percibe una situación incompatible por el claro conflicto de intereses que viene a ser ratificada por la lectura de la Ley 53/1984 sobre incompatibilidades, norma que le es de aplicación a éste y a cualquier empleado público conforme dispone el Estatuto Básico del Empleado Público de 2007.
Por tanto si hay una infracción de las obligaciones conforme el ordenamiento jurídico.
4º.-¿Merece la conducta del funcionario Don BBB la calificación de falta grave? ¿Qué sanciones podrían ser impuestas?
La conducta no es grave. Es muy grave. Así el art. 95 2 n) del EBEP considera falta muy grave n) El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades cuando ello dé lugar a una situación de incompatibilidad.

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: extremeña

Remitido el 03-11-14 a las 07-26-12


Justo iba a contestar yo también, pero ya lo has explicado todo muy bien!! Pues mi contestación fue casi casi la misma (con otras palabras pero el mismo fundamento!!). En el apartado 4 faltaría sólo decir las sanciones que podrían ser impuestas a Don BBB una vez instruído el correspondiente expediente disciplinario, y según la Ley de Función Pública de Extremadura estas podrían ser:


-Separación del servicio, que únicamente se impondrá en caso de faltas muy graves.


-Suspensión de funciones.


-Traslado con o sin cambio de residencia.


-Apercibimiento.


Siendo lo más probable que al tratarse de una falta muy grave las sanciones fuesen más bien las dos primeras (suspensión de funciones o separación del servicio).


Por lo demás sólo una dudilla que tengo con el punto 2º, que es que coincido en que doña AAA no tenga condición de interesada para interponer recurso, pero que debido a que tampoco le va a impedir nadie el interponerlo, podría hacerlo si lo estima conveniente. Pero pones que en ese caso puede interponer recurso de alzada ante el Pleno de la Diputación. Como el órgano que emite la resolución es el Presidente de la Diputación (a pesar de delegar su firma no delega competencias), y éste no tiene superior jerárquico, pondría fin a la vía administrativa (art. 109 de la ley 30/92: las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario, ponen fin a la vía administrativa). Entonces, ¿no procedería recurso potestativo de reposición en lugar del de alzada, que sólo se interpone ante los actos que no ponen fin a la vía administrativa? Es que con eso siempre me hago un lío.


Muchas gracias por tus respuestas y por el material que pones a disposición, a ver si la gente se anima a participar!


Un saludo

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: cejuanjo

Remitido el 03-11-14 a las 09-27-26


Buena observación y efectivamente ahí me he pasado. Se tendrían que repasar las competencias del Presidente de la Diputación y del Pleno para ver quién es el órgano competente. Creo que estoy contigo y que lo que procedería es el recurso de reposición.

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: extremeña

Remitido el 04-11-14 a las 12-02-07


Muchas gracias por la aclaración!! Es que el tema de recursos siempre es en lo que más dudas tengo y cae en todos los exámenes.

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: anaescudero

Remitido el 05-11-14 a las 11-55-44


Muchas muchas gracias a los dos, extremeña tambien te estas preparando para la Junta de Extremadura?

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: extremeña

Remitido el 05-11-14 a las 01-33-28


Hola Ana! sí, estoy preparando las de auxiliar y las de administrativo, a ver si tenemos noticias pronto de fechas, o por lo menos que salga la lista provisional. ¡¡Mucho ánimo!! 

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: lesoleil1968

Remitido el 06-11-14 a las 11-26-21


Buenos días, quisiera saber porque en la contestacion a la primera pregunta del primer supuesto practico, se da por válido el recurso de reposición, pero como  mas correcto el de alzada. Yo contesté Reposición y quiero saber que argumento tengo para defender que también cabria este ultimo.

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: cejuanjo

Remitido el 06-11-14 a las 01-32-23


Alzada = procedimiento de concurrencia competitiva el órgano es el tribunal por tanto cabe alzada frente al órgano que lo ha nombrado


Reposición = cuando no hay superior jerárquico como sabéis todos


En este caso es reposición por lo que deja caer extremeña y en lo que hay que darle la razón La resolución la firma el concejal por delegación del Alcalde, no el tribunal

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: extremeña

Remitido el 06-11-14 a las 01-59-28


Juanjo, creo que lesoleil1968 se refiere al primer supuesto.


En ese caso, en el primer supuesto sí procedería recurso de alzada en lugar del de reposición. El Sr. Sánchez tendría que interponer recurso de alzada, ya que la resolución no ha puesto fin a la via administrativa y el recurso de alzada es obligatorio para resoluciones que no han agotado la vía administrativa, a diferencia del de reposición que como su nombre indica es potestativo.


El recurso potestativo de reposición se interpone ante actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa. Según el art. 109 de la Ley 30/92, ponen fin a la vía administrativa:


a) Las resoluciones de los recursos de alzada.


b) Las resoluciones de los procedimientos de impugnación a que se refiere el artículo 107.2.


c) Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario.


d) Las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca.


e) Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento.


En este caso por tanto, la resolución no ha puesto fin a la vía administrativa, por lo que no es procedente interponer recurso de reposición.


Otra cosa es que como el recurso del Sr. Sánchez fue extemporáneo (porque se le pasó la fecha para interponerlo), el acto ya era firme en vía administrativa. Pero no es lo mismo firme que poner fin a la vía administrativa. Al no haber interpuesto recurso de alzada en el plazo procedente, no se ha agotado la vía administrativa, por lo que no se puede acudir al Contencioso. Tampoco se puede interponer recurso de reposición porque no se agotado la vía administrativa. Al final el acto es a todos los efectos firme y consentido. Sólo quedaría como último recurso, el recurso extraordinario de revisión, que sí puede interponerse ante actos firmes, pero sólo en los casos específicos que se detallan en el artículo 118 de la Ley 30/92, y en el supuesto no se da ninguno de ellos.


Esta es sólo mi opinión, no sé si de alguna forma y apoyándose en la normativa de otra manera se podría interponer recurso de reposición...


Un saludo!

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: lesoleil1968

Remitido el 06-11-14 a las 06-40-05


Gracias juanjo

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: lesoleil1968

Remitido el 07-11-14 a las 09-03-14


Acaban de sacar la Resolución de la Diputacion de la constitución de la lista de espera para las plazas de tecnico de administración general. No deberían haber esperado el mes del recurso de alzada para haber si habia reclamaciones y sacar el Decreto del Presidente

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: cejuanjo

Remitido el 08-11-14 a las 10-00-49


El recurso de alzada no tiene por si mismo efectos suspensivos y el trámite continúa.

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: teresita

Remitido el 10-02-15 a las 08-11-05


Pero lo puede pedir, no ???

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: albisi

Remitido el 02-04-15 a las 02-35-47


Supuesto 1.


1º.  En el ámbito local el único recurso procedente  es el potestativo de reposición, pues  la ordenación de sus diferentes órganos  no es jerárquica,  sino en base al principio de competencia.  Por tanto,  el recurso interponer frente  al Alcalde sería el potestativo de reposición.  Es cierto, que la descripción fáctica  del supuesto se comete el error  de decir que se puede interponer un recurso  frente al tribunal,  cuando los actos del mismo son  de trámite cualificado ,por lo que procedería una reclamación  frente a aquel y  en caso de ser desestimada  plantear una alzada impropia ante  el Alcalde.


2º.  El recurso es extemporáneo ,puesto que los plazos en meses  se computan de fecha a fecha .


3º.  Se debe justificar el argumento  sobre  el carácter erróneo  de la calificación .


4º. Se trata  de un interesada  y por tanto ,  esta perfectamente legítimada  para recurrir.  Merece la pena  hacer un comentario  sobre las razones " esperpénticas" del Tribunal  para desestimar el recurso,  razones  que vulneran flagrantemente  la Ley Orgánica  3/2007 de  igualdad.  Los empates  deben  resolverse  en función de lo que se establezca  en las Bases de la convocatoria.  normalmente  se suele tener en cuenta  diferentes criterios :  Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, etc.

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: cejuanjo

Remitido el 07-04-15 a las 07-09-09


Hola Albisi. Simplemente comentar al hilo de lo que dices respecto del recurso de alzada que éste SI se puede plantear dentro del ámbito de la Administración Local. Además del amparo legal la evidencia de los hechos lo manifiesta - por ejemplo - en lo que son los Boletines Oficiales. Aquí tienes uno: Notificació de l estimació d un recurs d alçada interposat contra una resolució d imposició de multa relativa a la finca del carrer Andrea Dòria, 37-39. BOPB 07/04/2015

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Secretario interino

Remitido el 16-09-15 a las 10-49-54


está en catalán no lo entiendo

titulo.: Nuestros Temas

autor.: he aprobado en Cuenca

Remitido el 23-09-15 a las 08-49-19


es fácil usa el traductor de google

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: josmito

Remitido el 12-10-15 a las 07-54-55


si estuviera en inglés igual si lo entendía

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: he aprobado en Cuenca

Remitido el 05-02-16 a las 08-24-13


eso seguro

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitado

Remitido el 22-05-17 a las 10-05-14


SOLUCIONES

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitado

Remitido el 20-06-17 a las 04-58-46


Las soluciones aparecen en las respuestas anteriores Simplemente tienes que leerlas y si estas en contra de alguna decir cual es la que piensas seria la correcta

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: invitado

Remitido el 27-08-17 a las 04-35-58


Esa no es una respuesta
¿nos tomas por maricones?
contesta al que te pregunta
y cuelga las soluciones

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitado

Remitido el 01-09-17 a las 05-04-10


mal gusto y homofobia

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitado

Remitido el 16-09-17 a las 09-56-50


Buenas noches,

Soy primeriza en la preparación de las oposiciones y me gustaría saber sobre el temario, ya que yo lo estoy desarrollando tema a tema y me gustaría saber si hay algún libro que me pueda ayudar o algún sitio donde pueda adquirir algún tema.

Muchas gracias de antemano

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: alguien

Remitido el 20-11-17 a las 07-44-08


Me gustan las primerizas Las que ya están picardeadas suelen hacer bromas de mal gusto que desde luego no contribuyen al buen fin de la empresa ¿Qué tal si quedamos para tomar una copa ... y lo que surja???

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 12-06-19 a las 01-42-16


Curso Técnico de Gestión Avanzada para Primerizas e Inexpertas Sólo la punta Garantizado Calidad y Servicio al Mejor Precio

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 14-08-19 a las 04-29-01


Me parece muy desafortunada tu intervención

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 19-12-19 a las 12-37-55


Y claramente omofoba

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 23-12-19 a las 09-35-00


omofoba y misiogina

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 27-04-20 a las 08-26-09


Hola Me presento a unas oposicones parecidas y el segundo examen también es de supuesos practicos como el presente Espero aprobar

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 06-12-20 a las 10-01-50


Vive tu sueño y conseguiras lo que deseas Un beso

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 12-01-21 a las 01-46-10


Me ha llegado 👍😍🙌

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 11-08-21 a las 10-20-41


A mi también 👍😍🙌

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 14-08-21 a las 11-25-15


A mi NOOOOOOOOOOOOO 👍😍🙌

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 17-01-22 a las 03-55-50


No se tiene razón por levantar la voz

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 31-01-22 a las 10-45-47


¿Badajoz?

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 27-04-22 a las 01-18-15


Un ejercicio realmente útil con variedad de respuestas todas ellas interesantes

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 04-05-22 a las 12-47-22


¿Es posible que ponga un ejercicio de estas características en las oposiciones que acaban de convocarse a Badajos?

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 09-05-22 a las 11-44-32


Por supuesto Y además está previsto en las bases de la convocatoria

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 24-05-22 a las 09-25-11


¿esto entra para auxiliar de servicios?

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autor.: Invitad@

Remitido el 09-06-22 a las 09-56-18


Hoy han salido plazas en la Diputación de Badajoz pero creo que no son para estho

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autor.: Invitad@

Remitido el 13-06-22 a las 12-26-14


Si Son de personal de recaudación No son éstas

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autor.: Invitad@

Remitido el 24-07-22 a las 04-41-54


Gracias por la aclaración En mi ignorancia creía que eran lo mismo Pero no me inmiscuyo

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autor.: Invitad@

Remitido el 28-02-24 a las 06-21-51


¿se han vuelto a convocar o aún no ha vuelto a convocarse?

titulo.: Supuestos prácticos Bolsa de Técnico Gestión Administrativa (Diputación de Badajoz)

autor.: Invitad@

Remitido el 05-03-24 a las 12-15-59


Pues no sabría que decirte. Quizá no se hayan convocado pero existen muchas similares que si se han convocado. ¿no os parece?

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autor.: Invitad@

Remitido el 16-03-24 a las 09-23-01


En estos momentos no hay ninguna oferta de empleo público de Técnico de Gestión en la Diputación pacense.

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autor.: Invitad@

Remitido el 19-03-24 a las 09-00-21


que con su pan se lo coman son un hatajo de enchufados

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autor.: Invitad@

Remitido el 22-03-24 a las 10-26-44


¿que opinais de la jente que esta en las listas? ¿os parece correcto?

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autor.: Invitad@

Remitido el 24-03-24 a las 11-05-35


yo estoy en las listas y creeme que no veo ningún problema ¿no te parece?

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autor.: Invitad@

Remitido el 26-03-24 a las 09-25-16


PERDONA PERO NO ENTIENDO QUE QUE ESTAS HABLANDOOOOOO !!!

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