titulo.: ¿porque se cobra mas en unos sitios que en otros?
autor.: TemasyTEST
Remitido el 27-05-24 a
las 09-32-10
Sí, un subalterno de un ayuntamiento con la misma categoría que otro puede cobrar más o menos, dependiendo de varios factores:
1. Comunidad Autónoma y Ayuntamiento:
Las retribuciones de los subalternos de los ayuntamientos están reguladas por las negociaciones colectivas, que se llevan a cabo a nivel autonómico y municipal.
Esto significa que el sueldo base de un subalterno puede variar considerablemente de una comunidad autónoma a otra, e incluso entre ayuntamientos de la misma comunidad.
2. Antigüedad:
Los subalternos con mayor antigüedad en el servicio suelen cobrar más que aquellos que tienen menos tiempo trabajando.
Esto se debe a que los convenios colectivos suelen incluir trienios, que son incrementos salariales que se conceden por cada cierto número de años trabajados.
3. Complementos:
Además del sueldo base, los subalternos pueden cobrar complementos por diferentes motivos, como:
Destino: Si el subalterno trabaja en un destino con condiciones especiales, como un municipio con un alto costo de vida, puede cobrar un complemento por destino.
Especialidad: Si el subalterno tiene alguna especialidad, como conocimientos de informática o idiomas, puede cobrar un complemento por especialidad.
Toma de posesión: Cuando un subalterno toma posesión de su plaza, suele cobrar un complemento por toma de posesión.
Prácticas: Si el subalterno está realizando prácticas, puede cobrar un complemento por prácticas.
4. Horas extraordinarias:
Si el subalterno trabaja horas extraordinarias, tiene derecho a cobrarlas.
La cantidad que se cobra por las horas extraordinarias suele estar regulada en el convenio colectivo.
5. Productividad:
En algunos ayuntamientos, los subalternos pueden cobrar un complemento por productividad, si se cumplen ciertos objetivos.
En resumen, el sueldo de un subalterno de un ayuntamiento puede variar considerablemente en función de la comunidad autónoma, el ayuntamiento, la antigüedad, los complementos que se perciban, las horas extraordinarias y la productividad.
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