titulo.: horas habiles
autor.: TemasyTEST
Remitido el 08-05-24 a
las 10-13-27
Referencias a las horas hábiles dentro del procedimiento administrativo español:
Normativa principal:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC):
Artículo 30: Cómputo de plazos.
Artículo 31: Días y horas hábiles.
Disposición adicional vigésima primera: Cómputo de plazos en días naturales.
Otras normas:
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT):
Artículo 118: Cómputo de plazos.
Real Decreto 256/2008, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de la Seguridad Social:
Artículo 46: Cómputo de plazos.
Jurisprudencia:
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Contencioso-Administrativa, de 29 de septiembre de 2020 (Rec. núm. 2136/2018):
Aclara el concepto de "día hábil" en el ámbito del procedimiento administrativo.
En resumen:
En el procedimiento administrativo español, los días hábiles son todos los días del año, excepto los sábados, domingos y festivos.
Los plazos expresados en horas se computarán de hora en hora y de minuto en minuto, salvo que expresamente se disponga otra cosa.
Los plazos que comiencen en día inhábil se entenderán prorrogados hasta el primer día hábil siguiente.
Los plazos que finalicen en día inhábil se entenderán prorrogados hasta el último día hábil siguiente.
Ejemplo:
Si un plazo de 10 días hábiles comienza el viernes 10 de mayo de 2024, finalizará el lunes 20 de mayo de 2024.
Es importante tener en cuenta que la normativa sobre el cómputo de plazos puede variar en función del tipo de procedimiento administrativo del que se trate. En caso de duda, se recomienda consultar la normativa específica del procedimiento en cuestión.
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