¿ Qué significa Licencia de primera ocupación? |
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Licencia de primera ocupación
Derecho Administrativo
(Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia Art. 4)
el acto administrativo que acredita que los edificios o viviendas cumplen los requisitos exigidos para ser destinados a uso residencial y se ajustan a la licencia urbanística otorgada.
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