¿ Qué significa Sociedad de Gananciales? |
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Sociedad de Gananciales
Derecho Civil
(Código Civil Art. 1344)
Forma de régimen económico matrimonial en la que se hacen comunes las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de los cónyuges, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquélla.
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