¿ Qué significa Servidumbre de Estribo de Presa? |
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Servidumbre de Estribo de Presa
Derecho Civil
(Código Civil Art. 554)
Servidumbre de Aguas en cuya virtud cuando para la derivación o toma de aguas de un cauce fluvial fuera necesario establecer una presa y el que haya de hacerlo no sea dueño de las riberas o terrenos en que necesite apoyarla, podrá establecerla previa la indemnización correspondiente.
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