¿ Qué significa Servidumbre de Acueducto? |
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Servidumbre de Acueducto
Derecho Civil
(Código Civil Art. 557)
Servidumbre de Aguas en cuya virtud todo el que quiera servirse del agua de que pueda disponer para una finca suya tiene derecho a hacerla pasar por los predios intermedios, con obligación de indemnizar a sus dueños, como también a los de los predios inferiores sobre los que se filtren o caigan las aguas
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