¿ Qué significa Servidumbre de Paso Transitorio? |
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Servidumbre de Paso Transitorio
Derecho Civil
(Código Civil Art. 569)
Servidumbre en cuya virtud si fuere indispensable para construir o reparar algún edificio pasar materiales por predio ajeno o colocar en él andamiosu otros objetos para la obra, el dueño de este predio está obligado a consentirlo recibiendo la indemnización correspondiente
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