Faltan 16 días


¿ Qué significa Servidumbre de Desagüe de Edificios?
¿ Qué significa Servidumbre de Desagüe de Edificios?

Servidumbre de Desagüe de Edificios


Derecho Civil

(Código Civil Art. 586)

Servidumbre en cuya virtud el propietario de un edificio está obligado a construir sus tejados o cubierta de manera que las aguas pluviales caigan sobre su propio suelo o sobre calle o sitio público y no sobre el suelo del vecino


 Servidumbre de Camino de Sirga

  Indice

Servidumbre de Estribo de Presa 


Buscar Término o Expresión


Buscar por Cadena de Texto

Filtrar por Ambito Normativo

   Filtrar por Iniciales

Proponer Término o Expresión


 


Visitas Hoy.: 245 :: (8750 Visitas Previstas) :: Total visitas desde 01/04/2009.: 43427640

Aviso Legal :: Reglas de Participacion :: Politica de consentimiento de usuarios