Derecho Foral
(Código de Familia [Catalunya])
Propio del Valle de Arán, debe convenirse en capítulos matrimoniales. Los cónyuges deben contribuir por partes iguales al sostenimiento de los gastos derivados del régimen y gobierno de la casa y deben dividir, al fallecimiento de uno de ellos, si no hay hijos, las ganancias y los aumentos. Este convenio también puede ser establecido con el padre y la madre del hijo o de la hija, y aun con extraños, pactando que los bienes ganados y los que se ganarán quedarán en comunidad mientras subsista la asociación. También llamado Pacto de Mitja Guadanyeria