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¿ Qué significa Comisión Bilateral de Cooperación?
¿ Qué significa Comisión Bilateral de Cooperación?

Comisión Bilateral de Cooperación


Derecho Administrativo

(Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Art. 5)

Órganos de cooperación de composición bilateral y de ámbito general que reúnen a miembros del Gobierno, en representación de la Administración General del Estado, y a miembros del Consejo de Gobierno, en representación de la Administración de la respectiva Comunidad Autónoma. Su creación se efectúa mediante acuerdo, que determina los elementos esenciales de su régimen.


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