Derecho Social o Laboral
(Estatuto de los Trabajadores Art. 51)
Extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte al menos a: diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores; el 10 % del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores o bien treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.