¿ Qué significa Matrimonio nulo? |
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Matrimonio nulo
Derecho Civil
(Código Civil Art. 73)
Es nulo el matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial. Además el matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 y 47 del Código Civil, salvo los casos de dispensa. Lo son asimismo el que se contraiga sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos; el celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento así como también el contraído por coacción o miedo grave.
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