¿ Qué significa Patria Potestad? |
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Patria Potestad
Derecho Civil
(Código Civil Art. 154)
Conjunto de deberes y facultades que la ley confiere a los padres con respecto a los hijos menores para el cumplimiento de los fines que el ordenamiento les atribuye cuales son entre otros velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
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