¿ Qué significa Defensor Judicial? |
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Defensor Judicial
Derecho Civil
(Código Civil Art. 163)
Persona a quien nombra el Juez siempre que en algún asunto el padre y la madre tengan un interés opuesto al de sus hijos no emancipados para que los represente en juicio y fuera de él. Se procederá también a este nombramiento cuando los padres tengan un interés opuesto al del hijo menor emancipado cuya capacidad deban completar.
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