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¿ Qué significa Vía para automóviles. ?
¿ Qué significa Vía para automóviles. ?

Vía para automóviles.


Derecho Administrativo

(Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Anexo I)

Toda vía reservada exclusivamente a la circulación de automóviles, con una sola calzada y con limitación total de accesos a las propiedades colindantes, y señalizada con las señales S-3 y S-4, respectivamente.


 Vía interurbana.

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Vía Pecuaria 


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