Derecho Foral
(Ley 5/2006, de 10 de mayo, del Libro Quinto del Código civil de Cataluña, relativo a derechos reales.)
La declaración que, dentro del año de la firma de un contrato de censo enfitéutico, hacen los compradores de haber efectuado la adquisición en interés y con dinero de las personas que designan.