Derecho Foral
(Decreto Legislativo 79/1990 por el que se aprueba la Compilación del Derecho Civil de las Islas Baleares.)
En derecho mallorquín se denomina alodio a una carga constituida sobre las fincas, por la cual debe abonarse al titular del alodio un laudemio con cada transmisión de la finca gravada. Dicho laudemio que puede consistir en una cantidad concreta (de dinero o cualquier otro tipo de bienes) o un porcentaje en el precio de la transmisión. Se diferencia del censo enfitéutico en que el alodio no establece la diferencia entre dominio útil y dominio directo y que únicamente existe obligación de abonar cantidades al titular del derecho en caso de transmisión y no periódicamente.