Derecho Procesal
(Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil)
Incidente excepcional en el proceso civil mediante el cuál quienes sean parte legítima o hubieran debido serlo podrán pedir por escrito que la nulidad de lo actuado con fundamento en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el artículo 53.2 de la Constitución, siempre que no haya podido denunciarse antes de recaer resolución que ponga fin al proceso y siempre que dicha resolución no sea susceptible de recurso ordinario ni extraordinario.