Derecho Civil
(Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza.)
Tendrán la consideración de piezas de caza menor las que no la tengan de caza mayor. Es decir salvo la cabra montés, el ciervo, el corzo, el gamo, el jabalí, el lince, el lobo, el muflón, el oso, el rebeco y cuantas especies sean declaradas como tales por el Ministerio de Agricultura