¿ Qué significa Delegado del Gobierno en una Comunidad Autónoma? |
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Delegado del Gobierno en una Comunidad Autónoma
Derecho Constitucional
(Constitución. Art. 154)
Organo unipersonal dependiente del Gobierno de la Nación que dirige la Administración del Estado en el territorio de una Comunidad Autónoma coordinándola, cuando proceda, con la Administración propia de dicha Comunidad.
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