Autonomía de las Comunidades Autónomas
Derecho Constitucional
(Constitución Española de 1978. Art. 2 y otros)
Derecho que reconoce la Constitución Española a las nacionalidades y regiones que integran la Nación Española. El ejercicio de este derecho supone dos cosas: en primer lugar el acceso al autogobierno y en segundo lugar el consituirse en Comunidad Autónoma conforme sendos casos lo previsto en el Título VIII del Texto Constitucional
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