Ejecución de las sentencias
Derecho Procesal
(Síntesis Tesis Doctrinales)
Una vez que es firme la sentencia - es decir, agotado el plazo correspondiente en su caso a los recursos que procedan - el órgano judicial lo comunica al órgano administrativo en el plazo de 10 días. Una vez acusada la recepción se dicho órgano administrativo dispone de 10 días para llevarla a cabo. Si no es así transcurridos 2 meses se pasa a la ejecución forzosa
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