Faltan 18 días


¿ Qué significa Autonomía de los Municipios?
¿ Qué significa Autonomía de los Municipios?

Autonomía de los Municipios


Derecho Constitucional

(Constitución Española de 1978. Art. 137 y otros)

Derecho que se reconoce en la Constitución a los Municipios y Provincias, entidades integrantes de la Administración Local. De rango menor que el derecho a la autonomía de las Comunidades Autónomas - entre otras manifestaciones porque no faculta a los municipios a constituirse como tales - se circunscribe a la gestión de los respectivos intereses de la entidad local.


 Autonomía de las Comunidades Autónomas

  Indice

Autopista. 


Buscar Término o Expresión


Buscar por Cadena de Texto

Filtrar por Ambito Normativo

   Filtrar por Iniciales

Proponer Término o Expresión


 


Visitas Hoy.: 4074 :: (8181 Visitas Previstas) :: Total visitas desde 01/04/2009.: 43403292

Aviso Legal :: Reglas de Participacion :: Politica de consentimiento de usuarios