Derecho Administrativo
(Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Art. 9)
Son funcionarios de carrera quienes, en virtud de nombramiento legal, están vinculados a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.