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¿ Qué significa Personal Eventual?
¿ Qué significa Personal Eventual?

Personal Eventual


Derecho Administrativo

(Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Art. 12)

Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.


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