Derecho Administrativo
(Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local)
Corporación que puede gozar de la condición de entidad local constituida por la agrupación de varios municipios e instituida en su caso por la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito municipal se encuentren dichos municipios de acuerdo con lo previsto en su Estatuto de Autonomía y conforme a lo dispuesto en la Ley de Régimen Local.