Derecho Administrativo
(Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español)
Conjunto integrado por los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico. Por mandato constitucional corresponde al Estado su protección, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras