Derecho Constitucional
(Constitucion Española. Articulo 1.)
Expresion recogida en el articulo 1 del texto constitucional que viene a identificar el punto de partida del ordenamiento juridico orientativo de la voluntad del legislador. No tienen realmente valor normativo, valor que si adquieren los principios en que iran concretandose, y su interaccion viene a definir los rasgos del Estado Democratico. Conforme el precepto constitucional son la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo politico.