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¿ Qué significa Contrato de Obras?
¿ Qué significa Contrato de Obras?

Contrato de Obras


Derecho Administrativo

(Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público)

Son contratos de obras aquéllos que tienen por objeto la realización de una obra o la ejecución de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I de la Ley de Contratos del Sector Público o la realización por cualquier medio de una obra que responda a las necesidades especificadas por la entidad del sector público contratante. Además de estas prestaciones, el contrato podrá comprender, en su caso, la redacción del correspondiente proyecto.


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