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¿ Qué significa Regencia?
¿ Qué significa Regencia?

Regencia


Derecho Constitucional

(Constitución. Art. 59 & alt.)

Institución que cumple la finalidad de sustituir provisionalmente al legítimo titular de la Corona cuando éste fuere menor de edad o hubiere sido inhabilitado para el ejercicio de su autoridad. El Regente, o en su caso los Regentes, ejerce las mismas funciones que el Rey pero no en virtud de título propio si no siempre en nombre del Rey y por mandato constitucional.


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