Derecho Administrativo
(Síntesis Tesis Doctrinales)
Bienes Inmuebles que por estar vacantes o sin dueño conocido pertenecen al Estado. La Ley del Patrimonio del Estado señala en su artículo 21 que «pertenecen al Estado, como bienes patrimoniales, los bienes inmuebles que estuvieren vacantes y sin dueño conocido». Tales bienes «se entenderán adquiridos desde luego por el Estado y tomará posesión de ellos en vía administrativa, salvo que se oponga un tercero con posesión superior a un año, pues en tal caso el Estado tendrá que entablar la acción que corresponda ante la jurisdicción ordinaria».