Responsabilidad Civil derivada del Delito
Derecho Penal
(Síntesis doctrinales Código Civil Art. 1092)
Obligación Civil nacida del delito o de la falta que en cuanto a su regulación el Código Civil remite a lo que disponga el Código Penal. En cuanto a su exigibilidad se admite en el proceso penal del que trae causa o en proceso civil independiente. Respecto de su contenido comprende la restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales y morales.
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