¿ Qué significa Furtum Possessionis? |
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Furtum Possessionis
Derecho Penal
(Código Penal Art. 236)
Delito contra el patrimonio denominado hurto de cosa propia que comete el que siendo propietario de una cosa mueble o actuando con el consentimiento de quien lo es la sustrajere de quien la tiene legítimamente en su poder, con perjuicio del mismo o de un tercero siempre que la cuantía de lo sustraído exceda de cuatrocientos euros.
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