¿ Qué significa Receptación de Faltas? |
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Receptación de Faltas
Derecho Penal
(Código Penal Art. 299)
Delito contra el patrimonio que comete el que con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de hechos constitutivos de falta contra la propiedad, habitualmente se aprovechare o auxiliare a los culpables para que se beneficien de los efectos de las mismas.
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