¿ Qué significa Estragos? |
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Estragos
Derecho Penal
(Código Penal Art. 346)
El concepto de estragos se infiere de las conductas contempladas en el artículo 346 del Código Penal. Así el citado precepto castiga a los que provocan explosiones o utilizan medios de similar eficacia destructiva – por ejemplo la apertura de una presa causan la destrucción de edificios, estaciones, puertos, aeropuertos y otros similares siempre que ello comporte necesariamente un peligro para la vida o la integridad de las personas. Si no concurre este peligro, que es un peligro concreto, las conductas descritas se castigarán como daños.
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