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¿ Qué significa Cohecho Pasivo Propio?
¿ Qué significa Cohecho Pasivo Propio?

Cohecho Pasivo Propio


Derecho Penal

(Código Penal Art. 419)

Término sinónimo a soborno. Delito contra la Administración Pública cometido por autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibe o solicita por si o por persona interpuesta dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar un acto contrario a los deberes inherentes al cargo o para retrasar injustificadamente el que debiera practicar.


 Cohecho Pasivo Impropio

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