Derecho Mercantil
(Ley de Sociedades de Capital Art. 263)
Profesional a quien compete la revisión de las cuentas anuales y, en su caso, el informe de gestión de las Sociedades de Capital. En este sentido comprobará si las cuentas anuales ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la sociedad, así como, en su caso, la concordancia del informe de gestión con las cuentas anuales del ejercicio.