Sociedad Civil con forma Mercantil
Derecho Mercantil
(Síntesis Tesis Doctrinales)
Sinsentido que se explica porque el Código Civil se publica cuatro años después que el Código de Comercio donde declara en su artículo 1670 que “las sociedades civiles por el objeto que se consagren pueden revestir las formas del Código de comercio en cuyo caso se aplicarán las reglas de éste”. Tras un largo recorrido doctrinal se ha llegado a la conclusión de que si una sociedad desarrolla una expresa es mercantil y si no desarrolla una empresa es una sociedad civil. Por tanto diremos que una sociedad civil con forma mercantil es aquella sociedad mercantil que no explota una empresa si no otra cosa. Por ejemplo un patrimonio.
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