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¿ Qué significa Recargo ejecutivo?
¿ Qué significa Recargo ejecutivo?

Recargo ejecutivo


Derecho Tributario

(Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Art. 28)

Recargo del período ejecutivo. El recargo ejecutivo será del 5 % y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio


 Recargo de apremio reducido

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