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¿ Qué significa Recargo de apremio reducido?
¿ Qué significa Recargo de apremio reducido?

Recargo de apremio reducido


Derecho Tributario

(Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Art. 28)

Recargo del período ejecutivo. El recargo de apremio reducido será del 10 % y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo previsto en el apartado 5 del artículo 62 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas.


 Recargo de apremio ordinario

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Recargo ejecutivo 


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