Temario Derecho CIvil :: Tema 17. El derecho real: concepto y caracteres. Clases. Derechos reales reconocidos en la legislación española. Régimen de los bienes y de los derechos reales en el Derecho Internacional Privado.
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1.- El derecho real: concepto y
caracteres. Clases. Derechos reales reconocidos en la legislación española.
Concepto de derecho real
El derecho real es un derecho de carácter patrimonial que permite a su titular,
llamado titular del derecho real, ejercer una serie de facultades sobre una
cosa, llamada objeto del derecho real. Estas facultades pueden ser de uso,
disfrute, disposición o protección.
Por ejemplo, el propietario de una casa tiene el derecho real de usarla,
disfrutarla, disponer de ella (vendiéndola, donándola, etc.) y protegerla (de
posibles daños o usurpaciones).
Caracteres de los derechos reales
Los derechos reales se caracterizan por los siguientes elementos:
Patrimonialidad: los derechos reales tienen un valor económico, ya que permiten
al titular obtener ventajas económicas a través del uso, disfrute o disposición
del objeto del derecho real.
Relaciones jurídicas directas entre el titular del derecho real y la cosa: el
derecho real es un derecho absoluto, es decir, que se ejerce directamente sobre
la cosa, sin necesidad de la intervención de terceros. Por ejemplo, el
propietario de un coche tiene el derecho a conducirlo, sin necesidad de pedir
permiso a nadie.
Exclusión de los derechos de terceros: el derecho real excluye el ejercicio de
los mismos derechos por parte de terceros. Por ejemplo, el propietario de una
casa tiene el derecho a usarla y disfrutarla, y nadie más puede hacerlo sin su
consentimiento.
Clasificación de los derechos reales
Los derechos reales se pueden clasificar en dos grandes grupos:
Derechos reales de goce: permiten al titular del derecho real usar y disfrutar
de la cosa. Por ejemplo, la propiedad, el usufructo, el uso y la habitación.
Derechos reales de garantía: garantizan el cumplimiento de una obligación. Por
ejemplo, la hipoteca, la prenda y la anticresis.
Derechos reales en España
En España, los derechos reales están regulados en el Libro II del Código Civil.
El Código Civil establece un catálogo de derechos reales, que incluye los
siguientes:
La propiedad: es el derecho real más amplio, que permite al titular usar,
disfrutar, disponer y proteger la cosa.
El usufructo: es un derecho real de goce que permite al titular usar y disfrutar
de la cosa, pero no disponer de ella.
El uso y la habitación: son derechos reales de goce que permiten al titular usar
y disfrutar de la cosa, pero de forma limitada.
La servidumbre: es un derecho real de goce que permite al titular usar la cosa
de otro, sin alterar su naturaleza.
La hipoteca: es un derecho real de garantía que permite al acreedor embargar el
bien hipotecado para cobrar su deuda.
La prenda: es un derecho real de garantía que permite al acreedor retener el
bien prendado hasta que el deudor le pague su deuda.
La anticresis: es un derecho real de garantía que permite al acreedor cobrar sus
intereses recibiendo los frutos del bien anticrecido.
Los derechos reales son una parte fundamental del derecho civil, ya que regulan
las relaciones jurídicas entre las personas y las cosas.
2.- Régimen de los bienes y de los derechos reales en el Derecho
Internacional Privado.
Régimen de los bienes y de los derechos reales en el Derecho Internacional
Privado
El Derecho Internacional Privado (DIP) es la rama del Derecho que se ocupa de
las relaciones jurídicas con elementos de extranjería. En el caso de los bienes
y de los derechos reales, el DIP se ocupa de determinar qué ley es aplicable a
las relaciones jurídicas que se establecen sobre ellos.
Ley aplicable a la existencia y al contenido de los derechos reales
En general, la ley aplicable a la existencia y al contenido de los derechos
reales es la ley del lugar donde se encuentran los bienes. Esta regla se conoce
como principio de la lex rei sitae.
Por ejemplo, si una persona española compra una casa en Francia, la ley
aplicable a la existencia y al contenido del derecho de propiedad de la casa
será la ley francesa.
Ley aplicable a la adquisición, transmisión y extinción de los derechos reales
La ley aplicable a la adquisición, transmisión y extinción de los derechos
reales es la ley del país con el que la persona que adquiere, transmite o
extingue el derecho real tenga una conexión más estrecha.
Por ejemplo, si una persona española compra una casa en Francia, la ley
aplicable a la adquisición del derecho de propiedad de la casa será la ley
española, si la persona española tiene su residencia habitual en España.
Ejemplos de aplicación del DIP a los bienes y a los derechos reales
A continuación, se presentan algunos ejemplos de aplicación del DIP a los bienes
y a los derechos reales:
Una persona española compra un coche en Alemania. La ley aplicable a la
existencia y al contenido del derecho de propiedad del coche es la ley alemana.
Una persona española hereda una casa en Francia. La ley aplicable a la
adquisición del derecho de propiedad de la casa es la ley española, si la
persona española tiene su residencia habitual en España.
Una persona española vende una casa en España a una persona francesa. La ley
aplicable a la transmisión del derecho de propiedad de la casa es la ley
española, si la persona española tiene su residencia habitual en España.
Una persona española hipoteca una casa en España para obtener un préstamo de un
banco español. La ley aplicable a la constitución de la hipoteca es la ley
española.
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