Temario Derecho CIvil :: Tema 46. Defensa de los consumidores y usuarios II. Contratos celebrados a distancia. Contratos celebrados fuera de establecimientos mercantiles. Garantías y servicios posventa. Responsabilidad civil por productos defectuosos. Referencia a la protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.| Temas Online TemasyTEST
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1. Defensa de los consumidores y
usuarios II. Contratos celebrados a distancia.
Los contratos celebrados a distancia son aquellos que se celebran entre un
consumidor y un profesional, sin la presencia física simultánea de las partes
contratantes, siempre que la oferta y la aceptación se realicen exclusivamente a
través de una o más técnicas de comunicación a distancia.
Las técnicas de comunicación a distancia más comunes son:
Venta telefónica
Venta por correo electrónico
Venta por catálogo
Venta por Internet
Venta por televisión
La regulación legal de los contratos
celebrados a distancia en España se encuentra en el Real Decreto Legislativo
1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes
complementarias.
Esta ley establece una serie de derechos y obligaciones para los consumidores y
profesionales en los contratos celebrados a distancia.
Derechos del consumidor
Los consumidores tienen los siguientes derechos en los contratos celebrados a
distancia:
Derecho de información: El profesional debe informar al consumidor de forma
clara y comprensible sobre los principales elementos del contrato, como el
precio, las características del bien o servicio, las condiciones de pago y
entrega, etc.
Derecho de desistimiento: El consumidor tiene derecho a desistir del contrato
sin necesidad de justificación en un plazo de 14 días naturales desde la
recepción del bien o desde la celebración del contrato, si se trata de
servicios.
Derecho de reparación o sustitución: Si el bien o servicio presenta un defecto,
el consumidor tiene derecho a que el profesional lo repare o lo sustituya, sin
coste alguno para él.
Derecho de reducción del precio o resolución del contrato: Si el bien o servicio
no es conforme con lo pactado, el consumidor tiene derecho a que el precio se
reduzca o a resolver el contrato.
Derecho a la protección de datos: El consumidor tiene derecho a que sus datos
personales sean tratados de forma lícita y transparente.
Obligaciones del profesional
Los profesionales tienen las siguientes obligaciones en los contratos celebrados
a distancia:
Obligación de información: El profesional debe informar al consumidor de forma
clara y comprensible sobre los principales elementos del contrato, como el
precio, las características del bien o servicio, las condiciones de pago y
entrega, etc.
Obligación de entrega: El profesional debe entregar el bien o prestar el
servicio en las condiciones pactadas.
Obligación de garantía: El profesional debe garantizar el bien o servicio
durante un plazo mínimo de dos años.
Obligación de protección de datos: El profesional debe tratar los datos
personales del consumidor de forma lícita y transparente.
Ejercicio del derecho de desistimiento
El consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento en los contratos
celebrados a distancia comunicándolo al profesional por cualquier medio, siempre
que sea fehaciente.
El plazo para ejercer el derecho de desistimiento es de 14 días naturales desde
la recepción del bien o desde la celebración del contrato, si se trata de
servicios.
El consumidor no tendrá que abonar ningún coste por el ejercicio de su derecho
de desistimiento, salvo los gastos de devolución del bien.
Reclamaciones
Si el consumidor tiene algún problema con un contrato celebrado a distancia,
puede reclamar al profesional.
Para ello, puede acudir a la oficina de consumo de su localidad o presentar una
reclamación ante la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y
Nutrición (AECOSAN).
2. Contratos celebrados fuera de establecimientos mercantiles. Garantías y
servicios posventa.
Los contratos celebrados fuera de establecimientos mercantiles son aquellos que
se celebran entre un consumidor y un profesional, sin la presencia física
simultánea de las partes contratantes, siempre que la oferta y la aceptación se
realicen exclusivamente a través de una o más técnicas de comunicación a
distancia.
La regulación legal de los contratos celebrados fuera de establecimientos
mercantiles en España se encuentra en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16
de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la
Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Esta ley establece una serie de derechos y obligaciones para los consumidores y
profesionales en los contratos celebrados fuera de establecimientos mercantiles.
Derechos del consumidor
Los consumidores tienen los siguientes derechos en los contratos celebrados
fuera de establecimientos mercantiles:
Derecho de información: El profesional debe informar al consumidor de forma
clara y comprensible sobre los principales elementos del contrato, como el
precio, las características del bien o servicio, las condiciones de pago y
entrega, etc.
Derecho de desistimiento: El consumidor tiene derecho a desistir del contrato
sin necesidad de justificación en un plazo de 14 días naturales desde la
recepción del bien o desde la celebración del contrato, si se trata de
servicios.
Derecho de reparación o sustitución: Si el bien o servicio presenta un defecto,
el consumidor tiene derecho a que el profesional lo repare o lo sustituya, sin
coste alguno para él.
Derecho de reducción del precio o resolución del contrato: Si el bien o servicio
no es conforme con lo pactado, el consumidor tiene derecho a que el precio se
reduzca o a resolver el contrato.
Derecho a la protección de datos: El consumidor tiene derecho a que sus datos
personales sean tratados de forma lícita y transparente.
Obligaciones del profesional
Los profesionales tienen las siguientes obligaciones en los contratos celebrados
fuera de establecimientos mercantiles:
Obligación de información: El profesional debe informar al consumidor de forma
clara y comprensible sobre los principales elementos del contrato, como el
precio, las características del bien o servicio, las condiciones de pago y
entrega, etc.
Obligación de entrega: El profesional debe entregar el bien o prestar el
servicio en las condiciones pactadas.
Obligación de garantía: El profesional debe garantizar el bien o servicio
durante un plazo mínimo de dos años.
Obligación de protección de datos: El profesional debe tratar los datos
personales del consumidor de forma lícita y transparente.
Ejercicio del derecho de desistimiento
El consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento en los contratos
celebrados fuera de establecimientos mercantiles comunicándolo al profesional
por cualquier medio, siempre que sea fehaciente.
El plazo para ejercer el derecho de desistimiento es de 14 días naturales desde
la recepción del bien o desde la celebración del contrato, si se trata de
servicios.
El consumidor no tendrá que abonar ningún coste por el ejercicio del derecho de
desistimiento, salvo los gastos de devolución del bien.
Reclamaciones
Si el consumidor tiene algún problema con un contrato celebrado fuera de
establecimientos mercantiles, puede reclamar al profesional.
Para ello, puede acudir a la oficina de consumo de su localidad o presentar una
reclamación ante la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y
Nutrición (AECOSAN).
Garantías y servicios posventa
En los contratos celebrados fuera de establecimientos mercantiles, el
profesional está obligado a garantizar el bien o servicio durante un plazo
mínimo de dos años.
La garantía cubre los defectos de conformidad del bien o servicio con lo pactado
en el contrato.
El consumidor tiene derecho a que el profesional repare o sustituya el bien o
servicio, sin coste alguno para él.
Si el profesional no cumple con la obligación de garantía, el consumidor puede
reclamarle judicialmente.
Además de la garantía legal, el profesional puede ofrecer al consumidor un
servicio posventa, como un servicio de reparación o mantenimiento del bien o
servicio.
Este servicio posventa puede ser gratuito o de pago.
El consumidor debe ser informado de las condiciones del servicio posventa antes
de contratarlo.
3. Responsabilidad civil por productos defectuosos.
La responsabilidad civil por productos defectuosos es un régimen de
responsabilidad civil que surge en virtud de la facultad con que cuenta todo
consumidor, ante un producto defectuoso, de reclamar, al fabricante o al
distribuidor, la reparación del daño que el producto ocasionó, general- mente
daños corporales.
Elementos de la responsabilidad civil por productos defectuosos
La responsabilidad civil por productos defectuosos se basa en los siguientes
elementos:
Producto defectuoso: Un producto es defectuoso cuando no ofrece la seguridad que
cabría legítimamente esperar teniendo en cuenta todas las circunstancias,
incluidas la presentación del producto, el uso al que se le destina y la época
en que se puso en circulación.
Daño: El daño debe ser causado por el producto defectuoso. El daño puede ser
material, moral o ambos.
Causación: El producto defectuoso debe ser la causa del daño.
Relación de causalidad: La relación de causalidad entre el producto defectuoso y
el daño debe ser acreditada por el perjudicado.
Responsables
La responsabilidad civil por productos defectuosos recae sobre los siguientes
responsables:
El fabricante: El fabricante es el responsable principal de la responsabilidad
civil por productos defectuosos.
El importador: El importador es responsable de la responsabilidad civil por
productos defectuosos si el producto fue puesto en circulación en el mercado de
la Unión Europea por primera vez en su nombre o por su cuenta.
El distribuidor: El distribuidor es responsable de la responsabilidad civil por
productos defectuosos si el producto fue puesto en circulación en el mercado de
la Unión Europea por primera vez en su nombre o por su cuenta.
Prescripción
La acción de reparación de los daños y perjuicios previstos en la Ley 22/1994,
de 6 de julio, de responsabilidad civil por los daños causados por productos
defectuosos, prescribirá a los tres años, a contar desde la fecha en que el
perjudicado sufrió el daño.
Protección del consumidor
La responsabilidad civil por productos defectuosos tiene como objetivo proteger
a los consumidores y usuarios de los daños causados por productos defectuosos.
Los consumidores y usuarios tienen derecho a reclamar la reparación del daño
causado por un producto defectuoso, sin necesidad de demostrar su culpa o
negligencia.
En España, la responsabilidad civil por productos defectuosos está regulada por
la Ley 22/1994, de 6 de julio, de responsabilidad civil por los daños causados
por productos defectuosos.
4. Referencia a la protección de los consumidores y usuarios frente a
situaciones de vulnerabilidad social y económica.
La protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de
vulnerabilidad social y económica es un objetivo fundamental de la política de
consumo en España.
La Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios
frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, establece una serie
de medidas para garantizar la protección de los consumidores y usuarios que se
encuentran en una situación de vulnerabilidad social y económica.
Estas medidas se centran en los siguientes ámbitos:
Información: Los consumidores y usuarios en situación de vulnerabilidad tienen
derecho a recibir información clara, comprensible y adecuada a sus necesidades.
Formación: Los consumidores y usuarios en situación de vulnerabilidad tienen
derecho a recibir formación sobre sus derechos y obligaciones como consumidores.
Protección frente a cláusulas abusivas: Los consumidores y usuarios en situación
de vulnerabilidad están protegidos frente a cláusulas abusivas en los contratos
de consumo.
Atención y defensa: Los consumidores y usuarios en situación de vulnerabilidad
tienen derecho a recibir atención y defensa por parte de las autoridades
competentes.
Algunas de las medidas concretas que se establecen en la Ley 4/2022 son las
siguientes:
Los contratos de consumo en los que intervienen consumidores en situación de
vulnerabilidad deben ser redactados de forma sencilla y clara, utilizando un
lenguaje comprensible para este colectivo.
Las autoridades competentes deben promover la formación de los consumidores en
situación de vulnerabilidad sobre sus derechos y obligaciones como consumidores.
Se crea un nuevo organismo, la Agencia Española de Consumo, Seguridad
Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), que tendrá como objetivo la protección de los
consumidores y usuarios, especialmente de los que se encuentran en situación de
vulnerabilidad.
La Ley 4/2022 es una ley pionera en España que reconoce la necesidad de proteger
a los consumidores y usuarios en situación de vulnerabilidad social y económica.
Estas medidas tienen como objetivo garantizar que todos los consumidores,
independientemente de su situación socioeconómica, puedan ejercer sus derechos y
disfrutar de una adecuada protección en el mercado de consumo.
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