La Educación, como la Justicia, forman parte del elenco de los grandes principios de la acción del Estado. Así nuestra Constitución la incluye dentro de los derechos fundamentales y su art. 27.2 le confiere el objetivo del pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. Vamos a reflexionar en la presente entrega acerca del alcance y contenido de este objetivo.
En primer lugar lo que la educación declara proponerse no es la formación del individuo si no el pleno desarrollo de la personalidad humana. Es interesante tenerlo en cuenta. Así por ejemplo cuando Juan se prepara en la autoescuela para obtener el carnet de conducir Juan está recibiendo una formación que le prepara para superar las pruebas conducentes al logro de dicho carnet. Y la titularidad del carnet no recaerá sobre la personalidad humana de Juan si no sobre su propia individualidad diferenciada de la de otros conductores. Por el contrario cuando Juan va al Instituto la educación que recibe no se orienta al desarrollo de su individualidad si no de su personalidad, es decir: de su realidad social. La educación es por tanto un proceso de socialización – como unánimemente admite la doctrina – a través del cuál se adquieren y desarrollan diversos conocimientos, destrezas y formas de comportamiento ordenadas a un fin social preestablecido. En nuestra C.E. dicho fin lo es el del modelo de convivencia contemplado en la misma. Modelo al que - como en cualquier otro caso - deberá amoldarse el individuo para devenir en ciudadano.
La estatalización educativa alcanza su punto culminante en la llamada educación básica. Proceso formativo en el que rige la obligatoriedad – como hasta no hace demasiado regía en el tema del servicio militar -. El Estado se obliga a educar a todos los ciudadanos actualmente hasta los dieciséis años y obliga a los ciudadanos a someterse a sus procedimientos educativos. A su sistema docente. Es una manifestación – incluso llegado el caso coercitiva - de su imperium que confiere a sus agentes la condición de autoridad. El Estado decide que deben y que no deben enseñar estos agentes los cuáles gozan de un amplísimo margen para aplicar esas decisiones. Los conocimientos se evalúan cuando y como les parece, las notas se ponen cuando y como les parece, las decisiones son de facto inapelables,… La relación entre el alumno y el profesor – o más ampliamente entre el alumno y el sistema – no es la relación de un ciudadano con la Administración si no la de un feligrés con la Iglesia en un régimen confesional. Es una relación no de usuario de un servicio público si no la relación del súbdito sometido a un poder.
Y como todo poder el poder educativo lleva consigo también la semilla del rechazo.
Cuando al hablar del fracaso escolar en España se proponen como remedios medidas tales como aumentar el número de profesores, aumentar el sueldo de los profesores, aumentar la autoridad de los profesores y otros aumentos similares el que esto opina y razona, o sea yo, se pregunta si la gente que no estudia oficialmente porque no le sale de los huevos va a salirle de los huevos estudiar oficialmente si en vez de un profesor tiene dos, si esos dos profesores cobran el doble o si esos dos profesores son algo así como una pareja de la guardia civil sin tricornio. Y si pregunta también porque esa gente que no estudia oficialmente porque no le sale de los huevos no tiene el mismo fracaso escolar cuando se apunta a la autoescuela, se empolla el librito de la teórica y se saca el carnet de conducción. Cosa ciertamente insólita pues la ratio de alumnos de autoescuela por profesor es mayor que en la enseñanza estatal, un profesor de autoescuela cobra bastante menos que un profesor de EGB y que yo sepa los profesores de autoescuela no tienen el amparo del principio de autoridad.
¿Será porque la relación empresa cliente es más fértil educativamente hablando que la relación poder súbdito? ¿Será porque el alumno de autoescuela es el sujeto de la relación educativa y no es el objeto de la misma?