autor.: cejuanjo
Remitido el 21-04-16 a las 11:44:10 :: 4244 lecturas
Inmediatamente por debajo de la Constitución, y de manera más especial de sus artículos 137 a 142, encontramos la vigente Ley de Régimen Local cuya denominación es Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Junto a ella existen otras normas de rango estatal también con carácter de base e importantes como la Ley Reguladora de las Haciendas Locales o la Ley del Catastro Inmobiliario.
En la práctica totalidad de las Comunidades Autónomas existen desde hace tiempo Leyes sobre Régimen Local de acuerdo con el marco competencial que han asumido. Por ejemplo en la Comunidad Valenciana tenemos la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.
Según Luciano Parejo este régimen jurídico debiera venir antecedido por la Carta Europea de la Autonomía Local que es un convenio internacional acordado en el seno del Consejo de Europa en 1985 y ratificado por España en 1988.
Dejando a un lado lo que es la legislación autonómica valenciana y lo que es también la Carta Europea de la Autonomía Local el régimen legal básico de la administración local española se integraría por:
- La ya citada Ley 7/1985 , de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
- El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
- El Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
- El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
- El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario
Las anteriormente citadas serían las normas más importantes pese a que existen más cuya relevancia debe situarse en el ámbito sectorial.
En lo referente a la Ley 7/1985 la misma nos ofrece la siguiente estructura:
- Un Preámbulo amplísimo con el que se efectúa un recorrido por las sucesivas regulaciones jurídicas de las entidades locales hasta llegar a la Constitución y a la ley que antecede
- Un Título I denominado disposiciones generales que básicamente sirve para situar los conceptos de entidades locales que luego se van a desarrollar más ampliamente en la Ley
- Un Título II dedicado al municipio
- Un Título III dedicado a la provincia
- Un Título IV dedicado a otras entidades locales
- Un Título V dedicado a las disposiciones comunes a las Entidades Locales
- Un Título VI dedicado a bienes, servicios y contratación
- Un Título VII dedicado al personal
- Un Título VIII dedicado a las Haciendas Locales
- Un Título IX dedicado a las organizaciones para la cooperación entre las Administraciones Públicas en materia de Administración Local
- Un Título X dedicado a los municipios de gran población que recoge la reforma legislativa de 2013 y que es quizá la modificación más importante desde que apareció la ley en el 85
- Un Título XI que tiene por objeto la tipificación de las infracciones y sanciones por las Entidades Locales en determinadas materias.
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