autor.: cejuanjo

Remitido el 02-07-13 a las 08:54:10 :: 2237 lecturas


Aunque a efectos del Código Civil guarden cierta semejanza pues en ambos casos se trata de bienes fungibles, el dinero no es como el alimento. El alimento sacia. Con el alimento hay un punto en que tienes bastante y pasado ese límite ya no te entra más. Ese punto no existe cuando hablamos de dinero. Nunca se tiene bastante y no existe límite en el que nuestra cuenta corriente rechace la incorporación de más ingresos. Esto es verdad en lo que atañe a la posesión y es verdad también en lo que respecta al consumo. La imaginación salta las barreras fisiológicas de nuestro estómago y acucia con necesidades inesperadas cuando se trata de dar salida a un ingreso no previsto. Nadie se preocupa en que gastarlos cuando se encuentra por casualidad cincuenta euros. Por ejemplo. Pero la imaginación es un caballo desbocado y siempre va un paso más allá de allí donde podría llegar en función de lo existente. Es decir que si te encuentras cincuenta euros la imaginación no va a alentar en tu necesidad de consumo un propósito restringido al gasto de esos cincuenta euros si no que va a ir siempre un poco más allá. Y así esa necesidad, real o imaginaria, por satisfacer no será de cincuenta euros sino que como mínimo será de cincuenta y uno. Y de ahí para arriba.  

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