1.- Señalar cuál de las
siguientes NO constituye una agravante específica de los delitos contra los
recursos naturales y el medio ambiente regulados en los artículos 325, 326 y 326
bis del Código Penal, conforme al artículo 327 del Código Penal:
a) que la industria o actividad funcione clandestinamente, sin haber obtenido la
preceptiva autorización o aprobación administrativa desus instalaciones.
b) que se haya obstaculizado la actividad inspectora de la Administración.
c) que se haya producido un riesgo de deterioro irreversible o catastrófico.
d) que la cuantía de la defraudación supere los cincuenta mil euros.
2.- En los delitos contra la seguridad vial se sanciona, entre otras, la
siguiente conducta:
a) el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en
sesenta kilómetros por hora en vía urbana a la permitida reglamentariamente, y
pusiere en concreto peligro la integridad de las personas.
b) el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en
sesenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida
reglamentariamente.
c) el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en
cincuenta kilómetros por hora en vía urbana a la permitida reglamentariamente.
d) el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en
cuarenta kilómetros por hora en vía urbana a la permitida reglamentariamente.
3.- El artículo 433 del Código Penal, como modalidad atenuada del delito de
malversación, castiga con pena inferior los hechos a que se refiere el artículo
anterior, cuando el perjuicio causado o el valor de los bienes o valores
apropiados sea:
a) inferior a cuatrocientos euros.
b) inferior a cuatro mil euros.
c) inferior a cincuenta mil euros.
d) inferior a doscientos cincuenta mil euros.
4.- El delito de acusación y denuncia falsas del artículo 456 del Código
Penal, será sancionado con la pena de multa de tres a seis meses:
a) si se imputara un delito leve.
b) si se imputara un delito grave.
c) si se imputara un delito menos grave.
d) si se imputara un delito contra las garantías constitucionales.
5.- En el delito de encubrimiento:
a) se sanciona a quien ayuda a los presuntos responsables del delito a eludir la
acción de la Justicia, con independencia de la infracción previamente cometida o
de la condición del autor.
b) se sanciona a quien ayuda a los presuntos responsables de determinados
delitos a eludir la acción de la Justicia.
c) se sanciona a quien ayuda a los presuntos responsables de determinados
delitos a eludir la acción de la Justicia, con independencia del grado de
parentesco que tengan con el autor.
d) se sanciona a quien ayuda a los responsables del delito a eludir la acción de
la Justicia, salvo que el autor material esté personalmente exento de pena.
6.- En el delito de rebelión:
a) solo se sanciona a quienes participaren en el alzamiento.
b) solo se sanciona la conducta cuando se utilizan armas.
c) solo se sanciona la conducta cuando se consiguen los fines pretendidos.
d) se sanciona la conducta, con independencia de que se consigan los fines
pretendidos.
7.- En el delito de atentado tipificado en el artículo 550 del Código Penal:
a) se sanciona la agresión a un funcionario público.
b) se sanciona la falta de respeto a la autoridad.
c) se sanciona la resistencia leve a un agente de la autoridad.
d) solo se sanciona la conducta cuando se utilizan armas u otros objetos
peligrosos.
8.- En el delito de odio sancionado en el artículo 510.1.a) del Código Penal:
a) se requiere que la conducta del sujeto activo incite al odio, aunque no se
produzca ningún hecho delictivo posterior.
b) se requiere que la incitación al odio provoque un delito posterior.
c) se requiere que el sujeto pasivo sea exclusivamente un grupo de personas.
d) se requiere únicamente una incitación directa al odio.
9.- A los efectos del Código Penal se entiende por organización criminal:
a) cualquier asociación constituida para cometer delitos.
b) la agrupación de dos o más personas para cometer delitos graves.
c) la agrupación de más de dos personas que, con carácter estable y de forma
concertada, se reparten funciones con el fin de cometer delitos.
d) la agrupación de más de dos personas, dotadas de medios tecnológicos
avanzados de comunicación y transporte, que, sin carácter estable, se organicen
y concierten para cometer delitos.
10.- Cometen un delito de contrabando:
a) quienes importen mercancías de lícito comercio, sin presentarlas para su
despacho en las oficinas de Aduanas o en los lugares habilitados por la
Administración aduanera, siempre el valor de las mercancías sea igual o superior
a treinta mil euros.
b) quienes, por imprudencia grave, exporten mercancías de lícito comercio sin
presentarlas para su despacho en las oficinas de aduanas o en los lugares
habilitados por la Administración aduanera, siempre que el valor de las
mercancías sea igual o superior a ciento cincuenta mil euros.
c) quienes exporten bienes que integren el Patrimonio Histórico Español sin la
autorización de la Administración competente cuando ésta sea necesaria, siempre
que el valor de los bienes sea igual o superior a quince mil euros.
d) quienes exporten labores de tabaco, sin presentarlas para su despacho en las
oficinas de Aduanas o en los lugares habilitados por la Administración aduanera,
siempre que el valor de las labores de tabaco sea igual o superior a diez mil
euros.